29 Julio 2013
Veredas (Ord. 9387/95) Materiales (Ord. 9387/95)
En lotes edificados la ejecución de las veredas se efectuara con materias y formas constructivas que variarán según el tipo de zona de la ciudad a que pertenezcan de acuerdo a lo que se establezca por vía reglamentaria. Las veredas en lotes baldíos se regirán por las disposiciones de la Ordenanza N° 8116/85 y demás normas específicas en la materia.
2.2.3.1.1 Terrenos baldíos y obras en construcción (Decreto 463/96)
a) Cuando la vereda a ejecutarse sobre calle pavimentada o sin pavimentar pero con cordón cuneta y cuando el lote este baldío o en construcción deberá ejecutarse contrapiso de hormigón pobre de 7 cm. de espesor, con una capa de 2 cm. de mortero de cemento alisado de fratás. Si el lote es edificado, deben respetarse las condiciones del Código.
b) Cunado la vereda sea sobre calle de tierra , sin cordón cuneta o pavimentada con banquinas y sin cordón, deberá estar a una cota de + de 0.20 m. sobre el nivel de calle en su borde. Tendrá una pendiente de 2% hacia la calle, debiendo ejecutarse un cordón de ladrillo u hormigón para contención del árido (granza, cerámico partido, ladrillos molido, arena, similares), o cualquiera de los indicados para terreno edificados según apartado 2.2.3.1.2 de la presente que se deberá aplicar como terminación. En el caso de optarse por su lado de ancho reducido, el cordón se trasladará al borde del sector tratado con árido.
2.2.3.1.2 Terrenos edificados (Decreto 463/96). Los tipos de materiales a emplear, según zona, serán los siguientes:
a) De mosaicos calcáreos de 0,15 por 0,15 biselados en todo su perímetro con una hipotenusa tal que el cateto horizontal sea de 6 mm. y el vertical de 4 mm. Los mosaicos serán de gris natural, con un espesor de pastina no menor de 3 mm. Las juntas de los mosaicos serán normales y paralelos al cordón de la calzada.
b) De mosaicos calcáreos tipo vainilla o, en panes, con un espesor de pastina no menor a 3 mm.
c) De losetas de hormigón. Las juntas serán normales y paralelas al cordón de la calzada.
d) De losetas de grancilla lavada. Las juntas serán normales y paralelas al cordón de la calzada.
e) De granza lavada “in situ”.
f) De piedra laja. Cortada con juntas paralelas y normales al cordón de la calzada.
g) De piedra de granito sin pulir. Con juntas normales y paralelas al cordón de la calzada.
h) De ladrillos. Con juntas normales y paralelas al cordón de la calzada.
i) De firme natural con recubrimiento de suelo y arena.
2.2.3.1.3 (Decreto 463/96)
En el Área Central, delimitada por la Ordenanza N° 8057/85 se construirán aceras con solado del tipo a).
2.2.3.1.4 (Decreto 463/96)
Desde la línea municipal 1,5 m. como mínimo.